¡Hola a todos!

En mi blog de hoy conocerás todo lo que debes saber sobre la nueva ley de Portabilidad Financiera, que comienza a regir este 8 de septiembre, la cual busca facilitar a los clientes, personas o micro y pequeñas empresas, el movimiento de banco o institución sus productos financieros, como créditos, cuentas y tarjetas, etc., a una institución que ofrezca mejores condiciones y servicios. Nos adentraremos en sus aristas, beneficios y como acceder a ella. ¡Vamos a ver!

¿En qué consiste?

Esta ley pretende lograr que las personas, micro y pequeñas empresas puedan cambiarse de una institución financiera a otra con mayor facilidad. Similar a la portabilidad numérica de las compañías de telecomunicaciones, lo cual permitirá un aumento significativo en la competencia del mercado; disminuirán los costos y tiempos para realizar refinanciamiento de productos, por lo que, debiesen aumentar también los esfuerzos para fidelizar a sus clientes.

Mayor competencia = Mejor servicio y oferta ?

Sus beneficios:

1. Facilitará el refinanciamiento de todo tipo de crédito, lo cual permitirá dar un ligero descanso a los bolsillos de los deudores.

? Creditip: Evita refinanciar créditos en los cuales ya hayas pagado más de la mitad de las cuotas, dado que en esta etapa final, ya estarás pagando más amortización que intereses. Evita entrar a un bucle eterno de crédito. ?

2. Disminuirá el costo y el tiempo por la cantidad de trámites que se necesitan para realizar un refinanciamiento (hasta 30 días menos).

3. Los costos de las micro y pequeñas empresas, también disminuirán, permitiéndoles aumentar su producción, crear nuevos puestos de trabajo y contribuir al crecimiento económico.

4. En el largo plazo, la mayor competencia nos traerá más y mejores ofertas, un mejor servicio, y un mayor esfuerzo por parte de las empresas para mantener a sus clientes.

¿Cuál es la diferencia con el refinanciamiento actual?

La principal característica es que las personas o micro o pequeña empresa que estén interesadas en acceder a esta portabilidad, podrán solicitar a su entidad financiera un certificado de liquidación de deuda (el cual es totalmente gratuito) que contenga la individualización de sus productos, tasas y comisiones aplicables al pago total de la deuda, y posteriormente llevarlo a la nueva institución (o la que entregue la mejor oferta) para así solicitar la portabilidad, o bien, pueden realizar una cotización e informarle a la institución a la cual deseen portarse y esta puede solicitar la documentación para realizar todo el trámite.

Una vez que la ley entre en vigencia, la persona que desee acceder a la portabilidad financiera podrá:

  1. Solicitar a la institución financiera en la que tiene su cuenta (vista, corriente o de ahorro), chequera electrónica, línea de crédito, tarjeta de crédito o débito, crédito (hipotecario, de consumo o automotriz) el certificado de liquidación; es decir, el documento gratuito que contiene el listado de todos sus productos (individualización de sus productos), junto con la tasa, las comisiones aplicables y el valor del prepago (pago total) de su crédito.
  2. Entregar el certificado de liquidación en la institución financiera a la que se quiere cambiar (la que ofrezca las mejores condiciones), y solicitar la portabilidad financiera, proceso a cargo de las entidades respectivas.

Los interesados y las interesadas también pueden comunicarse directamente con una nueva institución financiera para realizar una cotización, e informarle que quieren portar sus productos financieros y el nombre de la entidad con la que mantienen vigente su producto. La nueva institución podrá realizar todo el trámite.

Revisa estos y otros detalles de la ley en el sitio oficial haciendo clic AQUÍ

o nuestras Preguntas Frecuentes.

Un abrazo apretado a la distancia. ?