¡Hola a todos!

En el blog de hoy les contaré todo lo que necesitan saber sobre el Subsidio de Arriendo Regular, dado que en estos últimos meses solo hemos conocido a través de los medios el Subsidio de Arriendo Especial, el cual ha sido destinado a apaciguar los efectos de la situación actual. 

¿ A quiénes está dirigido el Subsidio de Arriendo Regular?

Este programa está destinado a familias vulnerables y de sectores medios, que vivan en calidad de allegadas y arrendatarias y que necesiten una solución habitacional flexible por un tiempo determinado. Está dirigido a las familias pertenecientes al 70% más vulnerable de la población y que tengan capacidad de renta para pagar un arriendo.

¿En qué consiste?

Es un apoyo monetario de hasta 4,2 UF mensuales hasta completar un valor total de 170 UF, el cual puede ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años, destinado al pago de un arriendo que no supere por contrato, un monto mensual de hasta 11 UF.

El valor del subsidio se ajustará de manera que no supere el 80% de la renta acordada y pueden variar según la localización geográfica de la comuna en que se encuentra la vivienda. De esta forma, las familias deberán pagar solo una parte del valor de su arriendo cada mes, porque la otra es cancelada por el subsidio obtenido, directamente al arrendador.

¿Cuándo y qué necesito para postular?

Este año las postulaciones iniciaron el día 9 de marzo y finalizan este 19 de octubre y los requisitos para hacerlo son:

  • Tener más de 18 años.
  • En el caso de postulantes extranjeros, deben presentar la cédula de identidad para extranjeros vigente.
  • La conformación del núcleo familiar debe contemplar, además del postulante, al menos a su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. En caso de postulante adulto mayor, mayores de 60 años cumplido el año calendario de la postulación, (nacidos hasta el año 1960 inclusive) no es requisito contar con núcleo familiar.
  • No superar el tramo del 70% de vulnerabilidad, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF al día de la postulación. La cuenta debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil. (Según lo establecido en la Ley de Unión Civil).
  • Tener un ingreso económico familiar entre 7 y 25 UF. Por cada integrante familiar que excede de tres, el ingreso máximo mensual familiar aumentará en 8 UF por cada uno. Se considerará el promedio mensual obtenido por el núcleo familiar en los últimos 6 meses.

¿Cuáles son las limitaciones?

Que el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  • Ser propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria, o de un sitio.
  • Ser beneficiario de un subsidio habitacional o tener certificado de subsidio habitacional vigente.
  • Que se encuentre postulando a este o cualquier otro programa habitacional. A excepción al Programa Sistema Integrado de Subsidio Habitacional.
  • Que haya sido declarado como integrante de un grupo familiar beneficiado por el programa de arriendo.

Puedes revisar los documentos y postular haciendo clic AQUÍ.

Sigamos cuidándonos. ?

¡Un abrazo apretado a la distancia!

Fuente: MINVU